Para tratar sobre este tema vamos a empezar contestando a la siguiente cuestión: ¿qué es la gestión de residuos?

Pues bien, la gestión de residuos no es ni más ni menos que el conjunto de operaciones encaminadas a dar el destino más adecuado a los residuos producidos en una zona determinada, teniendo en cuenta sus características y sus posibilidades de recuperación y comercialización.

La gestión de residuos incluye las siguientes fases:

  1. Recogida: Toda operación consistente en recoger, clasificar, agrupar o preparar residuos para su transporte.
  2. Almacenamiento: El depósito temporal de residuos, con carácter previo a su valorización o eliminación, por tiempo inferior a dos años o seis meses si se trata de residuos peligrosos, a menos que reglamentariamente se establezcan plazos inferiores.
  3. Valorización: Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.
  4. Eliminación: Todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción, total o parcial, realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente.

 

Hay que señalar  que toda gestión de residuos se debe de inspirar en unos principios básicos, que son la prevención (minimizando su producción y su peligrosidad), la preparación para la reutilización, el reciclado, otros tipos de valorización y como último recurso, la eliminación.

La gestión de residuos en Madrid, así como en cualquier parte de España, se lleva a cabo siempre sin perder de vista el principio legal de que “el que contamina, paga”.

Hay que tener en cuenta también que según las categorías de los diferentes tipos de residuos, éstos deberán ser tratados de forma diferenciada. Es más, la correcta separación hace más eficiente su posterior gestión maximizando los porcentajes de valorización.

La gestión de residuos se efectuará a través de unos operadores conocidos como gestores de residuos, que previamente han debido de comunicar o solicitar autorización para realizar dicha función

En este aspecto conviene señalar que tendrán la condición de gestores de residuos:

  • Las personas físicas o jurídicas que, no siendo productores, realicen actividades de gestión de residuos.
  • Los productores respecto a sus propios residuos, cuando realicen actividades de gestión de los mismos.
  • Los productores cuando realicen operaciones de gestión con residuos procedentes de otros productores o gestores.